Normativa de aplicación

Aunque no son normas de obligado cumplimiento si la finalidad no es la de garantía hipotecaria, para la realización de nuestras tasaciones seguimos las indicaciones expuestas en las siguientes órdenes ministeriales: -ORDEN ECO/805/2003, de 27 de marzo. Descargar ORDEN ECO-805-2003 de 27 de marzo -ORDEN EHA/3011/2007. Descargar ORDEN EHA-3011-2007 -ORDEN EHA/564/2008. Descargar ORDEN EHA-564-2008

Preguntas frecuentes

1.¿Si la tasación no es para un crédito hipotecario necesito que la realice una sociedad de tasación? Si la finalidad de la tasación inmobiliaria es la de solicitar un préstamo hipotecario, la normativa exige que sea realizada por un tasador (arquitecto o ingeniero) homologado según Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado … Sigue leyendo Preguntas frecuentes